¿Cómo funciona?

Se presenta una demanda ante el Director del Centro de Arbitraje. Una vez calificada y contestada la demanda, se invita a las partes a una audiencia de conciliación para poner fin al conflicto. De no haber acuerdo entre ellas, se les envía a ambas una lista oficial de arbitros. Si surgieran diferencias por las designaciones, se las notifica para un sorteo. Constituido el Tribunal, comienza el proceso arbitral, cuyo procedimiento es confidencial. Su laudo o sentencia es inapelable y de cumplimiento obligatorio para las partes. El Tribunal Arbitral esta facultado para solicitar de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos, el cumplimiento y ejecución de las medidas cautelares; sin que sea necesario recurrir a juez ordinario alguno.


 
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